El crowdfunding, especialmente a través de su variante crowdequity, es una forma de financiación cada vez más extendida entre start-ups y PYMES. Una mayor rentabilidad para las personas inversoras, incentivos fiscales a la inversión o el rápido aumento de valor de la inversión son solo algunos de los factores que hacen del crowdequity una opción cada vez mejor valorada entre personas inversoras y emprendedoras.
Ante el auge de estas prácticas, la Unión Europea (UE) activó hace unos años la creación de una regulación del crowdfunding a nivel europeo. Esta iniciativa de la Unión de los Mercados de Capitales no solo busca mejorar el acceso a la financiación de las compañías innovadoras; también pretende eliminar las barreras intracomunitarias que afectan a empresas/instituciones proveedoras de estos servicios y garantizar así un correcto asesoramiento en la inversión.
Tras aproximadamente siete años de trabajo en este sentido, recientemente el Parlamento Europeo y el Consejo de Europa han alcanzado un acuerdo para activar la futura Ley del Crowdfunding como forma de financiación para empresas.
Es importante señalar que esta futura normativa se aplicará a las modalidades crowdlending y crowdequity. La otra modalidad, el crowdfunding basado en recompensas y donaciones, no se incluirá en el alcance de esta ley.
Se espera que la Ley Europea del Crowdfunding entre en vigor en 2021, una vez finalice su redacción y sea aprobada por el Comité de Asuntos Financieros y el Parlamento de la Unión Europea.
Así, aunque los estamentos europeos siguen trabajando en la ley, ya conocemos algunas de sus principales características.
- Esta norma se aplicará a los servicios de crowdfunding en la Unión Europea, con un límite de 5 millones de euros anuales para cada persona emprendedora o propietaria. Las rondas de inversión de más cuantía estarán sujetas a nuevas enmiendas que se añadirán a la directiva europea sobre Mercados de Instrumentos Financieros.
- Para asegurar la máxima protección ante posibles pérdidas financieras, cada persona inversora deberá recibir una ficha de información clave sobre la inversión (KIIS) preparada por la persona propietaria del proyecto. Además, las empresas/instituciones proveedoras de servicios de crowdfunding deberán advertir claramente de las posibles consecuencias de la toma de decisiones, como el riesgo de insolvencia, y explicar sus criterios de selección del proyecto. Las personas inversoras identificadas como “no acreditadas” deberán recibir, además, consejo y guía en profundidad a lo largo del proceso, analizando su capacidad para asumir pérdidas y otorgándoles un período de reflexión de cuatro días antes de tomar cualquier decisión.
- Los estados miembros de la UE serán los responsables de autorizar y supervisar a las empresas/instituciones proveedoras de servicios de crowdfunding que se encuentren establecidas en su territorio. Estas empresas, sin embargo, podrán ofrecer sus servicios en toda la Unión Europea.
El resumen es que gran parte de la futura Ley del Crowdfunding se centrará en ofrecer la máxima transparencia ante las personas inversoras, especialmente dado el carácter eminentemente digital de esta forma de financiación.
En este sentido, Crowdfunding Bizkaia ofrece todas las garantías de ser la primera plataforma de este tipo impulsada por una entidad pública: la Diputación Foral de Bizkaia. Por ejemplo, en relación al periodo de reflexión de cuatro días, indicado en el apartado para asegurar la protección del inversor, se aumenta hasta 7 días desde el momento de invertir, y se abre de nuevo, por otros 7 días, cuando la ronda llega al 80% del objetivo de inversión.
Además, las personas inversoras interesadas en los proyectos seleccionados por Crowdfunding Bizkaia tienen a su disposición una amplia documentación del proyecto, que incluye:
- Valoración pre-money de la empresa
- Análisis económico-financiero
- Análisis DAFO
- Análisis del mercado y la competencia
- Plan de comercialización
- Plan de negocio
- Necesidades de financiación
- Destino de la inversión
- Pool bancario
- Currículum Vitae del equipo promotor
- Certificado de estar al corriente de pagos con las entidades públicas
- Video explicativo del proyecto